En este país es delito que tu jefe te mande un WhatsApp fuera del horario laboral

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Portugal aprobó modificaciones a la ley para el teletrabajo que aplican a todos sus trabajadores, donde salvo casos de "fuerza mayor", las empresas no podrán contactarlos al terminar su horario laboral.

Con esto, el parlamento de este país busca tener una mejor conciliación entre la vida laboral y la personal. Si se llega a violar esta nueva ley, será considerado como un delito menor grave, y salvo urgencia extrema donde se tenga que contactar a los trabajadores, podría terminar hasta en una multa económica para la empresa.

Estos cambios en las leyes también incluyen nuevas directivas donde las empresas deberán hacerse responsables de dar a los trabajadores las herramientas adecuadas para realizar sus labores de forma remota y tendrán que pagar parte de los gastos que se den en el teletrabajo, como puede ser la luz e internet, aunque esto no aplicará a los negocios que cuenten con menos de 10 empleados.

Además las empresas tampoco podrán monitorizar a sus trabajadores mientras se encuentran en su jornada laboral. También se establecieron nuevos acuerdos donde se tendrán que realizar encuentros presenciales por lo menos cada dos meses con la intención de mantener el contacto físico entre empresa y trabajadores.

En otras que no fueron aprobadas, se solicitaba que el trabajador pudiera apagar todos los sistemas de comunicación que tenía con el empleador o en su caso, no atender las solicitudes de los jefes, mejor conocido como el derecho a la desconexión.

En México ya existe el derecho a la desconexión

En nuestro país desde el 29 de abril se incorporó a la Ley del Trabajo el "derecho a la desconexión digital laboral" que asegura se respete el tiempo de descanso, permisos, vacaciones e intimidad personal y familiar fuera de  la jornada laboral establecida.

Además respalda el derecho de los trabajadores para desconectarse y abstenerse de participar en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo, como correos y mensajes electrónicos, llamadas y otras modalidades de comunicación durante horas no laborales.

Sin embargo en nuestro país deberá ser especificado en las negociaciones colectivas o con los representantes de trabajadores, donde el patrón deberá elaborar una política que defina las distintas modalidades de desconexión.

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